La Pesca Ilegal en Argentina y la región Latinoamericana

Por Patricio Da Rocha.

Cuando hablamos de lo que popularmente se conoce como “pesca ilegal”, en verdad, estamos haciendo referencia a lo que técnicamente se conoce como “pesca ilegal, no declarada o no reglamentada” (INDNR). Resumidamente podemos decir que, pesca ilegal, es la que se realiza sin los permisos correspondientes, no declarada, es la que justamente no ha sido declarada o lo ha sido de modo inexacto (en especie y/o cantidad) y, no reglamentada, es que no está en consonancia con las medidas de conservación y ordenación de los correspondientes organismos que controlan la conservación de los recursos marinos vivos en virtud del derecho internacional.

Patrulla de la Prefectura Naval Argentina en plena persecución de pesqueros ilegales chinos.

En la zona del Atlántico Sur, más precisamente en la zona económica exclusiva Argentina (ZEEA), desde los años 80 se viene practicando de manera creciente y sostenida todos estos tipos de pescas irregulares mayoritariamente por parte de China, Taiwán y Corea del Sur. Con lo cual, se atenta gravemente a la soberanía alimentaria de dicho país, a su economía y, sobre todo, al medio ambiente. Aunque en los últimos años en la Argentina se ha observado un incremento en el interés del consumidor por este tipo de alimentos, es una nación de relativamente bajo consumo de productos de mar debido, en gran medida, a su fuertísima industria ganadera, la cual es parte de su cultura y tradición.

Sin embargo, todo indica que la maricultura tendrá un crecimiento exponencial en este país y en el mundo en los próximos años. Ya que según un estudio realizado por la Universidad de Santa Bárbara de California (Estados Unidos), respaldado por la Confederación Española de Pesca (CEPESCA), los alimentos procedentes del mar, que hoy representan el 17% de las proteínas animales consumidas por la población mundial, mostrarán un incremento de los productos marinos de entre 80.000 y 103.000 millones de kilos de proteínas, frente a los 59.000 millones actuales, constituyendo un 25% de las que precisará la alimentación de la población mundial en 2050.

En el plano económico, el déficit es grave. Se estima que la pesca ilegal le supone al Estado argentino una pérdida anual que va desde los 2mil millones de dólares (producto sin elaborar) hasta los 14mil millones de dólares (producto elaborado), lo cual puede significarle hasta aproximadamente un 3% de su PBI. Estos números nos muestran que estamos ante un negocio ilícito multimillonario, por ello, los armadores suelen no reclamar los buques capturados por los estados ribereños, ya que la cargas son de mucho mayor valor que el propio buque. Por esta razón es que se utilizan para este tipo de delitos embarcaciones en pésimas condiciones, de descarte.

Imagen que muestra la recurrente precariedad de las naves de pesca furtiva.

En el plano ambiental, el impacto es devastador. La pesca ilegal del calamar (Illex argentinus) es la más común en la zona argentina, sin reparar en cantidades, especies ni técnicas. En ocasiones, utilizan la pesca de arrastre, con lo cual capturan el producto que les interesa, pero a su vez extraen especies protegidas en peligro de extinción y otras especies que luego descartan, ya muertas, por no tener valor comercial. “La flota de aguas profundas de China, que hoy en día incluye más de 17.000 buques, incurre en una amplia gama de conductas problemáticas en las aguas de América Latina, entre ellas la sobrepesca, la captura deliberada y accidental de especies protegidas, el uso de redes de arrastre y otras prácticas”(Evan Ellis,analista del Instituto de Estudios Estratégicos de la Escuela de Guerra del Ejército de los Estados Unidos).

En la temporada del calamar, que va desde enero hasta marzo en el Atlántico Sur, se estima que puede haber una flota de unos 350 buques poteros que realizan estas prácticas de manera conjunta. Incluso se ofrecen apoyo mutuo y colaboración, al punto de realizar ataques coordinados embistiendo de manera deliberada a los buques de la Armada y de la Prefectura Argentina, para así lograr la fuga de buques “amigos” de los armadores de su misma bandera.

A su vez, estos barcos son asistidos por buques reefer los cuales se abastecen en altamar y llevan la carga de los poteros cuando estos han alcanzado su máxima capacidad de almacenamiento. También se han localizado buques tanques que les proveen el combustible necesario. Con este sistema de abastecimiento en alta mar, evitan tener que hacer puerto en el estado propietario de la ZEE correspondiente.  Evadiendo así, todos los controles, regulaciones e impuestos.

Mapa de la ZEEA.

En materia de derecho internacional, podemos decir que “hecha la ley, hecha la trampa”. Según la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CNUDM), existe la libre navegación y sobrevuelo (no militar) de los mares. Incluso sin necesidad de dar aviso o solicitar permiso al país correspondiente para el paso inocente. Por esto, el simple hecho de que un buque se encuentre navegando por el mar de otro país no representa ningún tipo de delito ni falta, sólo lo es si se lo encuentra infraganti pescando de manera irregular.  Es decir, pescando dentro de la ZEE sin el correspondiente permiso o incumpliendo las reglamentaciones referidas al tipo de pesca y las técnicas aplicadas, como ser, la pesca de arrastre o la pesca de especies declaradas en peligro de extinción, etc.  Hay que tener en cuenta que los derechos transgredidos son sobre los recursos y no sobre la navegación dentro de la ZEE en sí.

Es importante tener en cuenta que la pesca ilegal en Argentina no es un delito, es una contravención, con lo cual, el personal del buque no puede ser detenido. El protocolo legal correspondiente es: decomisar la carga y secuestrar el buque hasta tanto el armador de origen se presente y ejecute el pago de las multas correspondientes o bien inicie un litigio legal, ganando este último. Las multas suelen ser muy bajas en relación al negocio que intentan combatir, por lo tanto, no significan al día de hoy, una medida eficiente.

Caso emblemático:

Persecución del buque pesquero “HUA LI 8” (bandera china).
El mencionado buque, en el año 2016, fue detectado por el Guardacostas GC-26 THOMPSON con las luces de las poteras encendidas, ancla de capa y al garete, en evidentes tareas de pesca ilegal dentro de la ZEEA; puesto en ejecución el Protocolo de detección de buques que operan ilegalmente en nuestro país, se le ordeno cesar su actividad y permitir ser inspeccionado por el personal de esta Autoridad Marítima, no acatando su Capitán las órdenes impartidas e iniciando una fuga con rumbo este, eludiendo el accionar del Guardacostas luego de varias horas de persecución. A instancias de la Prefectura, la Justicia Federal dictó el “pedido de captura internacional” por el DELITO DE ATENTADO Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD (Art. 239º del Código Penal de la Nación Argentina), emitiendo Interpol una alerta internacional contra el buque, a través de una notificación MORADA. Finalmente, el buque fue capturado en aguas de Indonesia por las autoridades de ese país” (argentina.gob).

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Publicado en Artículos.

Cuba, La Habana. Investigador Titular del Centro de Investigaciones Pesqueras, doctor en Ciencias en el Uso, Manejo y Preservación de los Recursos, y maestro en Ciencias del Agua.

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