Recibe la CCA petición sobre calidad del agua en la cuenca de la presa Madín, en México

La Comisión de Cuenca Presa Madín asevera que México no está aplicando de manera efectiva sus leyes ambientales en lo relativo a la gestión de aguas residuales y la calidad del agua en la Zona Metropolitana del Valle de México.

Montreal, 27 de octubre de 2022. El día de ayer, la Comisión de Cuenca Presa Madín (la “Peticionaria”) presentó ante la Comisión para la Cooperación Ambiental (CCA) una petición en apego al capítulo 24 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC). La Peticionaria afirma que México está omitiendo la aplicación efectiva de sus leyes ambientales para preservar la calidad del agua y asegurar que los contaminantes presentes en la cuenca de la presa Madín se mantengan dentro de los límites legales. Sostiene, asimismo, que la gestión ineficaz de las descargas de aguas residuales está contribuyendo a la contaminación del agua en dicha cuenca.

En la petición SEM-22-003 (Cuenca presa Madín), la Peticionaria asevera que México está omitiendo el adecuado manejo de las aguas residuales que se descargan en los cursos de agua, lo que lleva a la degradación de la calidad del agua y a niveles de contaminantes por encima de la normativa en materia de agua. En particular, la Peticionaria alega que México no ha respetado las disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, varias leyes federales y las Normas Oficiales Mexicanas enfocadas al agua, silvicultura, cambio climático, salud pública y medio ambiente. La Peticionaria sostiene que los altos niveles de contaminación del agua en la cuenca de la presa son responsables de una disminución general de las especies de peces y aves en la zona y de un evento de mortandad de peces registrado en agosto de 2021.

La Peticionaria cita varios instrumentos legales, incluidas la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), la Ley General de Cambio Climático (LGCC) y la Ley de Aguas Nacionales (LAN), entre otras.

El Secretariado de la CCA revisará la petición en un plazo de 30 días y determinará si cumple con los requisitos de los artículos 24.27(2) y (3) del T-MEC. Para saber más, consulte la página de la petición SEM-22-003 (Cuenca presa Madín)en el registro público de peticiones de la CCA.

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Publicado en Artículos.

Cuba, La Habana. Investigador del Centro de Investigaciones Pesqueras, doctor en Ciencias en el Uso, Manejo y Preservación de los Recursos, y maestro en Ciencias del Agua.

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